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miércoles, 25 de abril de 2018

El linaje de los MUR o MURO



Conjunto heráldico de los MUR
 
Desde antiguo hubo diversas familias con el apellido Mur, algunas de elevado poder económico. En 1287 Ramón de Muro era señor territorial de Pallaruelo. Lo más probable es que el apellido Muro o Mur tenga un origen toponímico, generado a partir de los diversos pueblos denominados Muro.

En el siglo XIV había infanzones apellidados Mur en diversos pueblos, como Serveto, Señes, Saravillo, Formigales y Pallaruelo.

En Sobrarbe los Mur fueron especialmente abundantes en los valles de Chistau y La Fueva

Valle de Chistau o Gistau

Gracias a un proceso de infanzonía fechado en 1654, promovido por Juan de Mur, natural de Saravillo y residente que fue en Sin, es posible obtener información detallada de la distribución de los Mur por la “Bal de Gistau” a mediados del siglo XVII. En el lugar de Serveto vivían Pedro de Mur, el rico; Pedro de Mur, del cabo; Pedro de Mur, de Buil; Domingo de Mur, del suelo; Domingo de Mur, de Beussa, y Lorenzo de Mur. En el pueblo de Saravillo estaban Juan de Mur, de la plaza; Juan de Mur, de la fuente; Juan de Mur, del soro; Pedro de Mur, del cabo; Bernard de Mur; Antón de Mur; Juan de Mur, de Banastón; Domingo de Mur y Diego de Mur. En la localidad de Sin vivían Juan de Mur, natural de Saravillo, "probante de su hidalguía"; Pedro de Mur, de Baratar; Pedro de Mur, menor; Juan de Mur, de Casa Périz, y Juan de Mur, menor. En el lugar de Plan tenían su residencia Antonio de Mur, notario real, y Antón de Mur, el gordo. En San Juan de Plan vivía Pedro de Mur. Se observa la gran proliferación de los Mur en todo el valle, asentado en casas con buen nivel económico.

Las distintas familias Mur del valle de Chistau estuvieron muy emparentadas, celebrando matrimonios entre ellas durante siglos. Por ejemplo María de Mur, natural de Sin, contrajo matrimonio en 1667 con Francisco de Mur, vecino de Saravillo. María era hija de Pedro de Mur del Baratar, de Sin, y de Francisca de Mur y Mur, de Serveto.

Los Mur, señores territoriales, su dominio en el valle de La Fueva

En época medieval, y en el siglo XVI, los Mur señorearon diversos pueblos: Pallaruelo, Formigales, Rañín, Salinas de Trillo, Ligüerre de Cinca, Lapenilla…

Los datos históricos más antiguos, referentes a los Mur de Formigales y Pallaruelo, se remontan a los siglos XII y XIII. En aquellos momentos ya eran ricos y poderosos, incluso interviniendo algunos de sus miembros en actos bélicos en los que probablemente obtuvieron botines de guerra.

Los barones de Pallaruelo eran famosos en un extenso territorio, ostentando gran riqueza, sobre todo cuando se fusionaron los señoríos de Pallaruelo y Formigales en 1565, viviendo en su palacio de Formigales, muy reformado en 1580. Eran grandes comerciantes, sobre todo del hierro. También ejercían de prestamistas

A mediados del siglo XVII la Baronía de Pallaruelo incluía las localidades de Formigales, Pallaruelo, Rañín, Escalona, Biescas de Campo, cuadra de Camporrotuno (Ribagorza), Fet, Besians y Gistali.

El fin de esta familia estuvo motivado por la ausencia de herederos.

Los Mur fueron señores de La Penilla desde el año 1499 hasta el primer tercio del siglo XVII. En este caso también la falta de sucesión hizo que desapareciera el linaje, recayendo el señorío en los Heredia de Graus.

Los Mur fueron señores de Salinas todo el siglo XVI, dando paso, por matrimonio, a los Español: María de Mur y Suelbes, heredera, contrajo matrimonio en 1600 con Francisco Español y Bardaxí, hijo del señor de Pardinella.

El señorío que ostentaban los Mur en Ligüerre de Cinca recayó, por matrimonio, en los Latrás en el primer tercio del siglo XVI.

Los Mur de Aluján tienen su origen en San Quílez de Santa Liestra, Casa Blasco. Están presentes en Aluján desde el último tercio del siglo XVII, manteniéndose el apellido en la actualidad.

 
Los Mur en los años 1787 y 1788

Hubo muchos Mur infanzones en el siglo XVIII. Veamos algunos: Joaquín de Mur, de Aluján; Domingo de Mur, de Bárcabo; los hermanos Francisco y Josep de Mur, vecinos de Boltaña; Antonio Mur, de Guaso; Josef Mur, de Morillo de Monclús; Joseph y Victorián de Mur, de Santa María de Buil; Joseph Mur, de Santa María de La Nuez; Juan, Pedro, Antonio y Josef de Mur, de Sin; Tomás Mur, de Toledo de Lanata (descendiente de Foradada, “los cuales tienen un escudo de los Mur sobre la puerta de la casa”), etc.

Escudos de los Mur

En el “Nobiliario de Sobrarbe” se describen once conjuntos heráldicos de los Mur, de los cuales siete son del siglo XVI, uno del XVII, dos del XVIII y uno del XIX. Se aprecia el apogeo y poderío de los Mur en el siglo XVI. Los Mur del valle de La Fueva utilizaron un escudo con el campo sin particiones, cargado de muro con cinco almenas. En el valle de Chistau, en los siglos XVII y XVIII incorporaron un busto humano empuñando espada esgrimida, sumado al muro. Esta novedad también se observa en otros conjuntos heráldicos del siglo XVIII, de varios linajes emparentados con los Mur, como ocurre en las piedras armeras de los Broto en Boltaña y Latorrecilla.
Se observan, en los conjuntos heráldicos, diferencias según el siglo en el que fueron creados. Por ejemplo, en los siglos XVI y XVII los escudos no fueron timbrados con casco de hidalgo. En los siglos XVI y XVII las almenas se representaron terminadas en punta, planas en el s. XVIII.

El único escudo realizado a principios del siglo XIX no tuvo en cuenta la historia heráldica del linaje, haciendo un diseño nuevo, adaptando el escudo de armas de los Salinas.

Más información en el libro “Nobiliario de Sobrarbe”


http://gensobrarbe.blogspot.com/2018/11/librerias-en-las-que-se-puede-se-puede.html
 


 

miércoles, 23 de diciembre de 2015

Algunos datos referentes al señorío de Ligüerre de Ara


En 1398 Blasco Maça, Señor de Ligüerri, asistió a las Cortes celebradas ese año. Siglo y medio después, en 1554, el señorío de Ligüerre de la Ribera de Fiscal pertenecía a cuatro personas, es decir, a los magníficos Pedro Maça y Miguel Maça, Señores de los lugares de Sanctolaria y Exabierre, residentes en Sanctolaria de la Ribera de Fiscal, y a Joan Maça mayor en días junto con Joan Maça menor en días, Señores del lugar de Sanct Just y residentes en él. Entre los cuatro gestionaban el señorío de Ligüerre. En esos momentos en Ligüerre vivían los hermanos Joan, Pedro y Blasco Maça, y también los hermanos Joan y Miguel Maça que eran hijos de Joan Maça; todos ellos considerados magníficos, infanzones. Entre los Maça residentes en Ligüerre y los Maça Señores de Ligüerre hubo serios desacuerdos en cuanto a la propiedad de las tierras y el pago de derechos señoriales. Para dirimir sus diferencias tuvieron que acudir a unos árbitros nombrados por ambas partes, los cuales dictaron varias sentencias arbitrales.

En el año 1554 los árbitros sentenciaron que Guillén Maça, infanzón, habitante en el lugar de Ligüerre, pudiera pacer sus ganados tal y como acostumbraban hacerlo los vecinos de Ligüerre en su término y en Sierra de Gabarre, Latarruas y Maiez. También le dieron el derecho de trabajar, labrar y sembrar su tierra, pagando los derechos señoriales del noveno y otros. En otra sentencia arbitral Joan Maça, herrero, infanzón y habitante en Ligüerre, consiguió que fuera respetada su condición de infanzón y los privilegios que ello conllevaba, si bien tendría que hacer frente al pago de 640 sueldos jaqueses por impagos de impuestos señoriales y también en lo sucesivo él y sus hijos estarían obligados al pago de los impuestos señoriales sobre su actividad agrícola y ganadera en el monte de Ligüerre y asociados, siendo necesaria la autorización de los Señores para poder ser trabajada la tierra.

En el año 1554 fue arrendado al magnífico Martín Maça, infanzón, habitante en el lugar de Sanctolaria, los escalidos (yermos) situados en el término del lugar de Ligüerre, de las peñas abajo, y los herbajes y escalidos de la Sierra de Gabarre, desde el barranco de La Banyera hacia arriba, hacia la sierra, y del barranco que viene de la peña de Ruba Lo Furno y arriba hasta la sierra y de las Peñas de Lo Salnero hacia arriba y Las Moscanas. Arriendo por 12 años, a un precio anual de 100 cuartales de trigo bueno y 100 sueldos jaqueses. Vemos que había muchas familias Maça-Maza en la Ribera de Fiscal.

En 1563 seguían los roces y problemas entre los cuatro Señores de Ligüerre y sus vasallos. Para solventar las diferencias de nuevo hubo que acudir a los árbitros nombrados por ambas partes. En este caso los árbitros fueron:

·       Mosén Pedro Maça, presbítero habitante en el lugar de Ligüerre.

·       Joan López, mayor de días, Señor del lugar de San Felices.

·       Joan Maça, infanzón, domiciliado en el lugar de Oto y lugarteniente de justicia de la Val de Broto.

·       Joan Maça, mayor de días, infanzón y habitante en el lugar de Xabierre.

·       Miguel de Lacort vecino del lugar de Sanctolaria de la Ribera de Fiscal.

Los árbitros y “amigables componedores” dictaron sentencia según la cual se declararon los términos y montes cultos e incultos del lugar de Ligüerre como pertenecientes a los Señores del pueblo. Los Señores del lugar tendrían la obligación de dar a treudo perpetuo, al concejo de Ligüerre, los términos y montes del lugar, “que limitan con Borrastre a la peña que está bajo la faja llamada Guilina de Latarruas y de ahí limita con términos de la Pardina de Santa María, y de ahí a la peña debajo de los términos de Gabarre, peña a peña por donde antiguamente solía estar la buega, y de ahí a la Peña del Jordanal y de ahí peña a peña a la Peña del Tozón y de ahí abajo a los términos de Albella y de ahí al agua (Río Ara) y dellá del agua con términos de Sasé, Muro y tutoría de Xabierre”. Los de Ligüerre tendrían la obligación de pagar un treudo anual de 190 sueldos jaqueses, el día y fiesta de San Martín o “hasta ocho días después”. Comienzo del pago el año 1564. En la sentencia arbitral quedaron reflejados una serie de pactos y condiciones. Se reservó para los Señores del pueblo las sendas, colladas y heredades que hay dentro de los términos. Los Señores del pueblo tendrían derecho a que sus ganados pacieran en los términos y montes de Ligüerre, y al paso franco en la hierba de Gabarre y la sierra, sin que los de Ligüerre pudieran sembrar y escaliar en ellas. Fuera de las sendas y heredades reservadas a los Señores, habría que reservar y elegir tres colladas o heredades dentro de los términos del lugar en favor de Joan Maza el herrero de Ligüerre. En la sentencia también quedaron especificados los pagos a los árbitros y el notario, y quién debería pagar y en qué proporción. Por ejemplo el notario recibió por sus servicios 4 florines de oro (64 sueldos jaqueses) que pagaron a medias los Señores y sus vasallos.

En el año 1670, ante la presencia del notario Felipe Vallarín, residente en Asín de Broto, se reunió el concejo del lugar de Ligüerre en la plaza del pueblo, delante de la puerta de la casa de Miguel Xiral. Comparecieron Pedro Ezquerra y Martín de Oto, jurados, Jusepe Muro, Pedro de Orús, Felipe Antín, Úrbez Sampietro, Martín de Pueyo, Gregorio Villanueba, Antón Périz, Miguel Xiral, Domingo Sampietro y Matheo Baster, todos vecinos y habitadores en el lugar de Ligüerre. El licenciado Blas Pascau, presbítero racionero de la villa de Torla, en calidad de procurador del Doctor Jaime de Lasarte y Diago, ciudadano y domiciliado en Huesca, solicitó que los vecinos le dieran la quieta y pacífica posesión del lugar de Ligüerre y sus términos, y las pardinas de Gabarre, Latarruas y Mayez, con la jurisdicción civil y criminal, en virtud del último testamento de la difunta Madalena Maza de Liçana, domiciliada en la ciudad de Huesca, Señora que fue de la cuarta parte de Ligüerre y las pardinas mencionadas. Ante la presencia de los jurados y concejo del pueblo, el procurador tomó posesión de forma pacífica, del lugar y sus términos, plantando horcas y haciendo ahorcar en ellas una hierba, realizando otros actos indicadores de pacífica posesión, y comprometiéndose a respetar los derechos de los vecinos del pueblo.

Parece ser que la propiedad de la cuarta parte del señorío de Ligüerre perteneciente al doctor Jaime de Lasarte, vecino de Huesca, fue vendida a Jorge Agustín Barrau de La Laguna, domiciliado en Ceresuela del valle de Vió.

En el año 1676 Pedro Ezquerra, jurado y vecino de Ligüerre, procurador de los jurados y concejo de Ligüerre, junto con el notario Juan Azín y dos testigos, fueron a la casa de Jorge Agustín Barrau de La Laguna, infanzón, Señor temporal en parte del lugar de Ligüerre, domiciliado en el lugar de Ceresuela, con el fin de hacerle saber el contenido de las originales letras de firma de derecho emanadas de la Corte de Ilustrísimo Señor Justicia de Aragón, firmadas, selladas y despachadas oportunamente. La casa de Jorge Agustín Barrau de La Laguna estaba ubicada en la plaza del lugar de Ceresuela. Pedro Ezquerra y el resto de la comitiva encontraron la puerta de la casa abierta y golpearon con el llamador, bajando a atenderles una doncella llamada Gracia, hermana del Señor Jorge Agustín. Ella les indicó que su hermano no estaba en el pueblo, que se había ido de viaje al Valle de Sarrablo. No contentos con esta respuesta, siguieron indagando por el pueblo. Más tarde se encontraron en la plaza con Mn. Pedro Andrés Barrau de La Laguna, rector del lugar de Ceresuela, y a Mn. Martín Barrau de La Laguna, rector de Salinas de Trillo, hermanos del Señor. Ambos indicaron que su hermano no estaba en el pueblo. A ellos les fueron leídas y notificadas las originales letras de la firma de derecho emanada del Sr. Justicia de Aragón. Se les notificó el derecho de los vecinos de Ligüerre a la posesión de los términos y montes del lugar de Ligüerre en fuerza y derecho del dominio útil. Posesión pacífica de pacer con sus ganados gruesos y menudos los términos y montes del lugar, las hierbas que en ellos se crían, y abrevar en sus aguas, hacer y cortar leña verde y seca, y de rama para el uso de los vecinos del lugar; también romper y escaliar tierras incultas de los dichos términos y montes. Uso y posesión pacífica desde tiempo inmemorial de entrar con sus ganados gruesos y menudos en las partidas de la sierra de Gabarre, Pardina de Latarras y Maez. Derecho a “amalladar, acubilar, trasnochar, asestar, aguar y fogarizar sus ganados libremente y sin penas ni calonia alguna”. “Se insta a que nadie les impida la posesión quieta y pacífica de los términos y montes del lugar de Ligüerre que limitan con el término del lugar de Borrastre a la Pena Questa debajo la faja llamada Quilina de Latarruas y de allí limita con términos de la pardina de Santa María y de allí a la Peña de Valdos, términos de Gabarre, peña a peña por donde antiguamente solía llegar la buega y de allí al grado de La Fradera y de allí peña a peña a la Peña del Jordanal y de ahí peña a peña a la Peña del Tocón y de allí abajo a los términos de Albella y de allí al río Ara y de allí con términos de los lugares de Sesso, Muro y la tutoría de Xabierre y Ligüerre”. Las partidas llamadas de La Sierra, Gabarre, Pardina de Latarruas y Mayez “limitan con términos de Albella, Planillo, Aguarta, Cañardo, Xillué, Pardina de Santa María y Borrastre”.

En el año 1711 Pedro Joseph Barrau de La Laguna, infanzón, domiciliado en el lugar de Ceresuela del valle de Vió, Señor en parte del lugar de Ligüerre y sus términos de las pardinas de Gabarre, Maez y Latarras, tomó posesión del señorío ante notario, según fuero. Los vecinos del pueblo de Ligüerre aceptaron la posesión, hallándose presentes Diego Sampietro y Pedro La Baila, jurados, Miguel Xiral, Francisco Sampietro, Domingo Villanueba, Luis Maza, Cosme de Antín, Pedro Santolaria y Pedro de Orús, todos ellos concejantes. Los vecinos indicaron que querían seguir manteniendo sus derechos. Por mandamiento del Señor se plantaron y pusieron horcas en dichas pardinas, colgando en aquellas un guante en señal de dominicatura. El pueblo consintió y protestó de nulidad en formas.

En 1753 Pedro Barrau, junto con su hija Theressa Barrau y su yerno Antonio Escartín, vecinos del lugar de Ceresuela, vendieron a favor del ayuntamiento de Ligüerre de la Ribera de Fiscal la cuarta parte del señorío del lugar de Ligüerre y sus términos. También vendieron todos los derechos señoriales sobre la quinta parte de las pardinas de Gabarre y Latarruas. Precio de 650 libras jaquesas. Parece ser que el pasado esplendor de los Barrau de La Laguna estaba en horas bajas y con esta compraventa obtuvieron una importante cantidad de dinero.

 
Queda mucho por saber referente a la evolución del Señorío de Ligüerre. Simplemente he pretendido poner en orden los datos que he ido encontrando, susceptibles de ser ampliados en un futuro.

lunes, 23 de noviembre de 2015

Penurias económicas por los excesivos impuestos. Formigales, año 1791

Formigales y su entorno

En el año 1791 la situación económica de los vecinos de la localidad de Formigales, valle de La Fueva, era en líneas generales bastante mala, principalmente debido a los impuestos excesivos a que estaban sometidos. El rector de la parroquial de Formigales escribió:

En cuanto a sus bienes, están gravados con un noveno (pago de la novena parte de la producción) riguroso que los tiene en un estado deplorable, con el derecho de plegueras que son una cantidad fija de trigo puro y cebada; aunque no se recolecte grano hay pe pagar, además deben dar al Señor dos gallinas por casa. Deducidos diezmo, primicia, noveno, plegueras, conductas de médico, cirujano, abotecario, albéitar, pechas reales, simientes, pares... quedará muy poco para comer y vestir, que yo me maravillo cómo pueden sustentarse, ni aún con el pan de bellotas, mijo, cerollas, adaza, manzanas, membrillos y cualquier fruta o simiente que tengan que es el pan usado y que en este lugar se gasta, que por haber visto esto y el modo con que visten y el trabajo con que viven, desde que llegué a esta parroquia definí a este país como la quinta esencia de la Galicia. A todo esto se añade que el arrendador es tan ingrato que jamás les ha querido prestar para sembrar y aún llevarse el trigo de aquí a Graus (que estos son los frutos de los arriendos) y siempre lo ha vendido a un precio excesivo, ni querer guardar en esto las leyes, ni la de querer poner en el granero tablilla o arancel.

El pueblo de Formigales y otros pertenecientes a la Baronía de Pallaruelo vivieron en una situación crítica. Los vecinos de estos pueblos fueron muy remisos a pagar al barón-señor, y se vieron sumidos en varios pleitos, en el fondo no por rebeldía, simplemente porque no tenían con qué pagar. Por suerte en el siglo XIX la situación fue cambiando hasta que en 1837 se abolieron definitivamente los señoríos.

miércoles, 21 de octubre de 2015

Los PÉREZ DE ALUJÁN, actual Casa Mur



 
En la revista “Hidalguía”, número 369, páginas 293-316, Madrid, año 2015, me han publicado un artículo titulado LOS PÉREZ EN CASA MUR DE ALUJÁN (HUESCA). A continuación dejo un resumen del artículo:
 
En la localidad de Aluján, municipio de La Fueva, hay una casa destacada, conocida como Mur de Aluján. El origen de ella se desconoce, si bien se puede afirmar que ya existía en el siglo XV. Los Pérez fueron sus dueños hasta mediados del siglo XVII, documentándose 7 generaciones. Bajo su influencia la casa fue incrementando su patrimonio y sus dimensiones a lo largo de los siglos, ganando poder económico y social, como lo reflejan las tres torres que adornan el conjunto histórico.

Con los Pérez el nombre preferido para el heredero de la casa fue Jorge (Jorgi-George-Jorge). El heredero se llamó así en cinco de las siete generaciones registradas del apellido Pérez.

A mediados del siglo XVI aún no estaba definido el escudo de armas familiar, como lo demuestra el escudo que hay en el exterior de la torre intermedia. A finales del siglo XVI o principios del XVII, el escudo con el campo ocupado por tres peras pasó a ser el “logotipo” de los Pérez de Aluján.

Primitivamente los Pérez se enterraban en el cementerio de Muro de Roda, en un lugar bien definido, junto a la puerta de entrada a la iglesia. A partir del año 1600 el entierro fue en eclesiástica sepultura. Los testamentos del siglo XVI corroboran el alto nivel económico de la casa, por ejemplo la asistencia al entierro de 10 sacerdotes no era habitual, sólo las casas ricas se lo podían permitir.

Las relaciones de parentesco muestran enlaces matrimoniales con casas del entorno, de similar nivel económico. Los notarios y los Comisarios del Santo Oficio estaban emparentados entre ellos.

Las decisiones tomadas a partir del año 1650 por la usufructuaria y la heredera de la casa hicieron que la riqueza monetaria fuera repartida, disminuyendo considerablemente el potencial de la vivienda. A partir de entonces pasó a ser una casa con vocación agro-ganadera.

Las casas ricas no consiguieron su fortuna mediante el cultivo de la tierra, sino a través de otras actividades y oficios. En Casa Mur de Aluján hubo clérigos, notarios y comisarios del Santo Oficio que también ejercieron como Señores, prestamistas y arrendadores de impuestos eclesiásticos. 

 

domingo, 18 de octubre de 2015

Escudo de Francisco Jerónimo de Castro, SEÑOR DE TRONCEDO


Antes de seguir leyendo recomiendo acceder a este enlace: http://gensobrarbe.blogspot.com.es/2015/09/el-corazon-del-senor-de-troncedo.html

Respecto a los Castro, Señores de Troncedo, de momento sólo poseo algunos datos puntuales, de los siglos XV, XVI y XVII.

En el año 1449 Johan de Castro, escudero y Señor de Troncedo, recibió dinero en forma de censal, prestado por Anthon de La Escalera, escudero, habitante en Aínsa; censal de 1000 sueldos jaqueses anuales de pensión, con 15000 sueldos de propiedad. En el año 1486 Joan de Castro era Señor de Banastón .

En el año 1571 Joan de Castro era Señor de Banastón y Troncedo, domiciliado en la ciudad de Monzón.

En el año 1635 falleció en Roma Francisco Jerónimo de Castro, Señor de Troncedo. Su corazón fue enterrado bajo una lápida, en la iglesia parroquial de Troncedo. La lápida se conserva en la actualidad de forma parcial, habiendo un escudo del cual sólo queda la zona inferior (ver foto que encabeza el artículo).
 
Según documentación conservada en el Archivo de los Barones de Valdeolivos, Casa Ric, sito en Fonz (Huesca), el escudo de los Castro, Señores de Troncedo era: en campo de plata tres bandas sinoples. Desconozco dónde se obtuvo esta información.

 
En los restos del escudo conservado en la iglesia de Troncedo se intuye que el escudo tuvo forma de corazón, en clara alusión al corazón que se colocó bajo la lápida. Además, dentro del escudo vemos una banda continua y una partición vertical. En base a esta información, podríamos describir el conjunto heráldico de esta manera:

Escudo en forma de corazón, partido, 1º y 2º tres bandas. Posiblemente timbre de hidalguía y lambrequines de cueros recortados, año 1635.

Atendiendo a los esmaltes indicados en el citado archivo, podríamos describir el escudo así: forma de corazón, partido, 1º y 2º en campo de plata tres bandas sinoples.

sábado, 10 de octubre de 2015

ALGUNOS DATOS REFERENTES AL SEÑORÍO DE BORRASTRE


A finales del siglo XVI el Señorío de Borrastre pertenecía a Joan Maça de Liçana, de las casas de San Just (San Juste), y a Domingo Giral, vecino de Castillón de Sobrarbe (Castejón de Sobrarbe), residente en la casa de Mon Pelato. Había dos Señores con idénticos derechos, poseyendo el señorío al 50% cada uno. Los Señores tenían una serie de derechos sobre el pueblo, tal y como veremos reflejado en sus tomas de posesión. Además, cobraban anualmente los impuestos señoriales.

En el año 1597, en Borrastre había unas 15 casas habitadas, cuyos propietarios conformaban el concejo general de los vecinos y habitadores del pueblo. El concejo estaba integrado por  Joan de Viñueles (jurado del lugar), Joan Ferrer (jurado), Joan de Lacort (lugarteniente de jurado), Pedro Villacampa (justicia), Pedro Bandrés, Pedro Franco, Joan de Lacort, Joan de Viñueles menor de días, Antón Ferrer, Joan Ferrer mayor de días, Pedro Viñueles, Antón de La Cort, Jayme Ferrer menor, Jayme Ferrer mayor y Pedro Tisner o Cisner, fustero (carpintero). Se repetían mucho los apellidos, lo que apunta a una elevada endogamia.

En 1597 tomó posesión de la mitad del señorío Domingo Giral de Azenar, vecino de Castejón de Sobrarbe. Lo hizo en presencia de los integrantes del concejo del lugar de Borrastre. En señal de posesión, junto con el otro Señor, destituyó del cargo de justicia del lugar a Pedro Villacampa, y a continuación lo volvió a nombrar, jurando éste el cargo. El justicia tomó de la mano derecha a Domingo Giral y lo paseó por el lugar, abrió y cerró algunas casas y mandó parar unas orcas, en señal de posesión colgaron un paño. Estos actos fueron vistos y tolerados por todos los asistentes.

En 1597 el concejo de Borrastre, reunido delante de la puerta de la iglesia, vendió los bienes inmuebles que habían pertenecido al difunto Joan de Anclada. Joan debía al concejo de Borrastre 600 sueldos jaqueses y de ahí que sus bienes fueran embargados y luego vendidos a favor de Pedro Franco, por la misma cantidad adeudada. El embargo y venta fueron autorizados previamente por los dos Señores del pueblo. Entre los bienes figuraba su casa y diversos campos, denominados: Al Caxigo de Ballella, Piedra Resa, Castias, La Coroniella, Las Pereras, Los Patrias (viña), Patreras (viña), A Lo Calçil, La Real, Moliniello, Sobre Villa y Lo Quello de Las Villas de Villanueba. El dinero que pagó el comprador se lo había prestado previamente el concejo de Borrastre.

Los señoríos también estaban sometidos a la compraventa, sirviendo a veces para paliar la maltrecha economía de un Señor. Por ejemplo, en el año 1644 los herederos fideicomisarios de la hacienda del difunto notario Miguel Giral, Señor que era de Borrastre, vecino de Castillón de Sobrarbe, vendieron a Mosén Juan La Cambra, vicario de Castejón, los derechos sobre el señorío de Borrastre, por un precio de 7000 sueldos jaqueses. Los herederos de Miguel Giral tenían que hacer frente a diversos pagos, principalmente de dotes, y con esta venta consiguieron la liquidez que les faltaba. En el año 1649 falleció Mosén Juan La Cambra, Señor de Borrastre, dejando en herencia su título a su sobrino Juan Antonio Lacambra, heredero de su casa natal en el barrio de Camporrotuno.

En el año 1650 Juan Antonio Lacambra, habitante en el lugar de Camporrotuno, barrio del lugar de Castejón de Sobrarbe, tomo posesión del señorío de Borrastre y sus rentas. En compañía del justicia y jurados del lugar, y otros vecinos, entró en las casas, abriendo y cerrando puertas, entró y salió de los campos, huertos y heredades, cavando y recolectando hierbas en los campos, y ramos de los árboles de los huertos y otras posesiones del lugar de Borrastre. Todos los asistentes estuvieron de acuerdo con lo realizado. El Señor confirmó en sus cargos al justicia, baile (alcalde) y demás cargos que eran nombrados por el Señor del lugar.

En la fachada principal de Casa Cambra de Camporrotuno, en el dintel de una bella ventana del siglo XVII, hay un escudo e inscripción asociada a él que dice: JUAN ANTONIO LACAMBRA, SEÑOR DE BORRASTE, AÑO 1676.

 


El escudo de Juan Antonio Lacambra, Señor de Borrastre, es cuartelado, y entado en punta. 1º Castillo, 2º cuatro palos, 3º trisquel inscrito en un círculo, 4º león rampante y contornado. En el entado hay un símbolo, parece ser el número 2, quizá en alusión a que Juan Antonio Lacambra era el segundo Señor de Borrastre con el apellido Lacambra. Escudo timbrado con corona abierta. Llama la atención la presencia de un trisquel celta, símbolo protector que probablemente fue copiado de otra piedra que vio el que diseñó el escudo. Con posterioridad esta figura del tercer cuartel fue representada como una rueda, siendo una deformación del original. En la parte inferior del dintel, en sus extremos, aparecen dos símbolos más frecuentes en Sobrarbe, como son la hexafolia inscrita en un círculo y una cuatrifolia en aspa, también inscrita en un círculo, que a su vez genera una cruz patada.

El título de Señor de Borrastre debió ser vendido por Juan Antonio Lacambra.

En los años 1686 y 1687 consta como Señor de Borrastre D. Gerónimo Villacampa, habitante en el lugar de Laguarta. Gerónimo Villacampa era muy rico y prestaba dinero, y diversos productos,  en distintas localidades, como Secorún, Latorrecilla o Yeba. Gerónimo Villacampa era hijo de Isabel Maza de Lizana, natural de San Juste.

Como vemos, el Señorío de Borrastre fue pasando por diversas manos, siendo sus propietarios gentes con alto poder económico que cuando veían flojear su economía familiar vendían el título (o parte de él) y los derechos de Señor para obtener dinero con el que afrontar sus deudas.

viernes, 4 de septiembre de 2015

El corazón del Señor de Troncedo





En la iglesia parroquial de Troncedo hay una singular losa sepulcral del Siglo XVII. En ella hubo esculpido un escudo, del cual se conserva una pequeña parte. También hay una inscripción:

DIMIDIUM LUNAE LUNAM CUM
PRINCIPE ROMAE
POSTULATA NOBIS DIVINO
CONDITOR ORBIS
HIC IACET COR DOÑI DOÑI
FRANCISCI HIERONIMI DE
CASTRO DÑI DE TRONCEDO
DIE 23 AUGUSTI AÑNO 1635

La inscripción viene a significar:

EL CORAZÓN DEBES DAR A DIOS, CREADOR DEL UNIVERSO, POR LOS BENEFICIOS RECIBIDOS.

AQUÍ YACE EL CORAZÓN DEL SEÑOR DON FRANCISCO JERÓNIMO DE CASTRO, SEÑOR DE TRONCEDO. DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 1635.

Francisco Jerónimo de Castro murió en Roma el año 1635, y quiso que su corazón fuese enterrado en la iglesia de Troncedo. Parece ser que Francisco Gerónimo era un personaje destacado y tenía un gran afecto a su tierra de origen. Bajo una losa bellamente esculpida reposó su corazón dentro de una cajita recubierta de terciopelo.

sábado, 27 de junio de 2015

Toma de posesión del Señorío de Banastón, año 1665

Detalle en una casa infanzona de Banastón, barrio de Usana

Ante la presencia de Martín Juan de Lissa, alcalde y juez ordinario del lugar de Banastón, compareció Don Pedro Rentería habitante en la villa de Benasque, como procurador legítimo de Don Cristóbal Bardaxí, domiciliado en la misma villa, Señor de Banastón. El motivo de su comparecencia fue la presentación ante el alcalde de unas letras posesorias emanadas de la Audiencia Real. El alcalde le contestó que daba dichas letras por presentadas y que estaba dispuesto a realizar lo que según el fuero tenía obligación.

Se procedió a la toma de posesión de la jurisdicción civil del lugar de Banastón, y el dominio y dominicatura de aquel. D. Pedro de Rentería, en nombre del Señor del lugar, procedió a la toma de posesión, destituyendo al “bayle” (alcalde) Martín Juan de Lisa y volviéndolo a nombrar. Después, continuando con la posesión, requirió a los jurados y “concejantes” del lugar que le diesen “los homenajes” que según fuero tenían obligación de darle. Cada uno de ellos respondió que no causándoles perjuicio alguno en sus derechos estaban dispuestos a darlo, los infanzones como infanzones y los de condición como tales.

Infanzones:

1
Juan de La Cambra, jurado
2
Jusepe de Raso
3
Bernad de Arasanz
4
Antón de Campo
5
Pablo de Campo
6
Pedro Lacambra
7
Juan Palacio
8
Pedro de Campo
9
Juan Sançatornil
10
Juan de Campo
11
Viturián de Pueyo
12
Juan Bardaxín
13
Juan Duesso
14
Martín Juan de Lissa
15
Juan Solanilla
16
Juan de Lisa
17
Vitorián de Pera

 
De condición y signo servicio:

1
Juan Ceressa
2
Juan Vispe
3
Bartholomé La Mula
4
Benito Mostalac

 
Después se realizaron todos los demás actos que suelen efectuarse en las tomas de posesión. Todo ello “sin perjuicio de los derechos, usos y posesiones que el lugar de Banastón tiene”.

Fueron testigos Mosén Julián Férriz, habitante en Banastón, y Domingo La Ballera, de Aínsa.

Se puede observar que la gran mayoría de los vecinos de Banastón tenía la consideración de infanzones. Había 21 cabezas de familia, de los cuales 17 eran infanzones.