lunes, 29 de febrero de 2016

Testamento de Antonio Monclús, vecino del lugar de Mediano


 
El día 9 de julio del año 1737, ante la presencia del licenciado Miguel Francisco Pérez, rector de Mediano, y de los testigos abajo detallados, estando enfermo aunque con firme memoria, y palabra manifiesta, ordenó su último testamento Antonio Monclús.
Primeramente encomendó su Alma a Dios, “creador redentor de aquélla”, solicitando que perdonara sus culpas y pecados, y la quisiera colocar junto a los santos y en la gloria.
Dispuso que cuando su cuerpo fuera cadáver se procediera a sepultarlo en el cementerio del pueblo. Se tendrían que celebrar por su Alma, en la parroquial: entierro, honras y cabo de año. Novena, trenteno mayor (30 misas), trenteno menor (15 misas), añal y responsos, todo a uso y costumbre.
Eran legítimos herederos del testador su esposa Isabel Castán y sus hijos Thomas, Ana María, Theresa y María Josepha, además de otros parientes. A cada uno de ellos les dio cinco sueldos en concepto de bienes muebles y otros tantos por los bienes sitios. De esta manera nadie podría solicitar nada más sobre sus bienes.
Dejó a su esposa el ser “Señora mayora y usufructuaria de todos mis bienes durante toda su vida”. Ella tendría que trabajar en provecho y utilidad de la casa, viviendo en ella y siendo viuda honesta.
Nombró como heredero o heredera a aquel o aquella que a sus ejecutores abajo nombrados mejor les pareciera y fuera más útil y conveniente para la casa, con la obligación de dotar a los demás hermanos en función de las posibilidades que hubiese.
Nombró ejecutores y exoneradores de su alma y conciencia al rector de Mediano, a su esposa Isabel Castán, a sus hermanos Joseph, Bonifacio y Gregorio Monclús, y a sus primos Domingo de Raso y Jaime Cosculluela.
Fueron testigos Miguel López, estudiante, y Francisco Castán, habitantes en Mediano. Recibió el testamento, en ausencia de escribano, Miguel Francisco Pérez, rector de Mediano.

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